Ayudas y subvenciones para pymes en Madrid 2024
Si requieres de un apoyo económico para tu pequeña empresa o tu actividad como autónomo, las ayudas y subvenciones para pymes y autónomos otorgadas por organismos públicos y privados son una excelente opción. En la Comunidad de Madrid, destacan las líneas de ayudas que ofrece el Gobierno autonómico para diferentes propósitos. A continuación, ofreceremos los detalles más relevantes sobre tres de estos programas
Ayudas y subvenciones para pymes de la Comunidad de Madrid
Ayudas a trabajadores que se constituyan por cuenta propia
Estas ayudas están dirigidas a subvencionar un 80% de los gastos necesarios para poner en marcha tu actividad empresarial. Puedes solicitarla si eres persona física desempleada y dado de alta como trabajador autónomo, por cuenta propia, en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o en la mutualidad del colegio profesional al que pertenezcas. Teniendo en cuenta esta condición básica, puedes aspirar a la ayuda si eres miembro de sociedades civiles o de comunidades de bienes o socio de sociedades mercantiles, siempre y cuando no seas miembro del órgano administrador de dicha sociedad. También puedes hacerlo si eres socio trabajador o de trabajo de una cooperativa o sociedad laboral.
Los importes de estas ayudas y subvenciones para pymes son:
- 2.500€ (máximo) y 750€ (mínimo) para trabajadores por cuenta propia con carácter general.
- 3.080€ (máximo) y 750€ (mínimo) para jóvenes desempleados menores de 30 años, mujeres desempleadas, desempleados mayores de 45 años, parados de larga duración inscritos en una oficina de empleo al menos, durante doce de los anteriores dieciocho meses. Igualmente, mujeres víctimas de violencia de género, víctimas de terrorismo y personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Es posible incrementar el importe de la ayuda en 1.500€ máximo para atender gastos de inmovilizado material e inmaterial.
Costes subvencionables:
- Honorarios de notario, registrador e ingenieros técnicos, letrados, asesores y gastos de gestoría relacionados con la constitución y puesta en marcha de la actividad empresarial.
- Gastos necesarios para el relevo y/o traspaso del negocio, incluyendo estudios de diagnóstico, asesoramientos o asistencia necesarias.
- Tasa de inspección sanitaria y licencias urbanísticas.
- Alquiler de local para desarrollar la actividad, salas para la prestación temporal de servicios en espacios de coworking o viveros empresariales privados en los meses correspondientes al periodo subvencionable.
- Desarrollo de página web y otras aplicaciones de comercio electrónico que requiera el ejercicio de la actividad.
- Costes asumidos para el mantenimiento, reparación y conservación del local destinado a la actividad profesional.
- Alta en Internet o para acceder a licencias de uso de programas informáticos específicos (puede incluirse como gastos en inmovilizado material e inmaterial).
- Medidas para el cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos.
- Investigación y desarrollo correspondientes al ejercicio presupuestario al que corresponda la subvención.
- Primas de seguros de responsabilidad civil y de otros seguros necesarios para la actividad.
- Alta de los suministros de agua, gas y electricidad. Así como las facturas de los consumos de estos servicios correspondientes al local donde se desarrolla la actividad empresarial y en relación a los meses subvencionables.
- Marketing (excepto Relaciones Públicas).
- Cuotas de colegios profesionales.
- Gastos relacionados al Servicio Obligatorio de Prevención para contratar a tu primer trabajador.
- Registro de patentes y marcas.
No es subvencionable el IVA y aquellos gastos subvencionados, bonificados o exentos por otros organismos o instituciones públicas o privadas.
Programa de Fomento del Emprendimiento Colectivo entre las ayudas y subvenciones para pymes
Este programa tiene como propósito fomentar el emprendimiento colectivo de la Región. A los efectos, concede ayudas para cubrir parte de los gastos iniciales necesarios para constituir cooperativas y sociedades laborales y para la calificación de empresas de inserción. Por igual, pretende cubrir parte de las inversiones necesarias para crear cooperativas y sociedades laborales, o para ampliar y desarrollar estas. Además, subvenciona la incorporación de socios a las empresas de la economía social, específicamente, cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserción.
Otro objetivo de estas ayudas y subvenciones para pymes es complementar el servicio de asesoramiento empresarial prestado por la Comunidad de Madrid a los madrileños, en colaboración con las propias asociaciones regionales de autónomos y de la economía social. De esta forma, promociona las ventajas del emprendimiento colectivo y de las diversas fórmulas de la economía social.
En concreto, el programa consta de cuatro líneas:
- Apoyo a la creación de nuevas cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserción.
- Soporte al servicio de asesoramiento de las asociaciones de autónomos y de la economía social.
- Financiación de inversiones necesarias para la creación, ampliación y desarrollo de empresas de economía social.
- Apoyo a la incorporación de socios a las empresas de la economía social
Apoyo a la creación de nuevas cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserción
Por razones de espacio, solo ampliaremos sobre esta línea del programa. Para ampliar sobre las demás, puedes consultar este enlace de la Comunidad de Madrid. El enfoque de la misma es subvencionar parcialmente los gastos iniciales de constitución de nuevas cooperativas y sociedades laborales. De igual manera cubrirá la calificación definitiva de empresas de inserción y parte de los gastos de Seguridad Social de sus socios constituyentes. Esto último, si optan por el Régimen General de la Seguridad Social.
El importe será de hasta 12.000€ por entidad de nueva creación;
ampliable hasta 15.000€ para aquellas entidades que desarrollen su actividad en municipios con menos de 2.500 habitantes. En efecto, la idea es potenciar el desarrollo de núcleos rurales, para el caso de entidades gestionadas por menores de 30 años y para las pertenecientes a los sectores energético, social, medioambiental, nuevas tecnologías, dependencia o educación.
Específicamente, estas ayudas y subvenciones para pymes financiarán:
- Gastos de cotización del Régimen General de la Seguridad Social de los socios constituyentes de la cooperativa o sociedad laboral o empresa de inserción. También, gastos generados por la contratación de directores y gerentes, calculando estos en base a los costes brutos anuales del trabajador, incluyendo salarios y cotizaciones a la Seguridad Social por los meses solicitados.
- Estudios de viabilidad y planes de empresa.
- Obtención de certificaciones y acreditaciones emitidas por entidades y organismos autorizados.
- Gastos derivados del cumplimiento de la normativa en materia de Prevención de Riesgos Laborales.
- Implantación de normas de calidad y sistemas de gestión medioambiental.
- Elaboración y ejecución de planes empresariales de igualdad de género.
- Formación del personal para la correcta elaboración de la memoria de responsabilidad social de la empresa.
- Los mismos gastos especificados en los numerales 1 a 13 de las Ayudas a trabajadores que se constituyan por cuenta propia. Entre estos, seguramente puede ser financiado un buen asesoramiento de negocio para pymes.
RSE y la conciliación laboral financiados por ayudas y subvenciones para pymes
En efecto, el Gobierno autonómico de la Comunidad de Madrid contempla un programa de ayudas para dos aspectos relevantes:
Implantación de la responsabilidad social en los autónomos y en las pequeñas empresas
Como su nombre lo indica, esta línea subvenciona la obtención o renovación de certificaciones de normas o estándares en materia de responsabilidad social, al igual que la puesta en marcha de planes directores o programas orientados al avance hacia tal certificación.
Al respecto, pueden cubrirse certificaciones como la Norma SA 8000, la certificación SG21, EFR (conciliación), la Certificación IQNet SR10, Madrid Excelente u otras.
Los montos de las cuantías son:
- 75% de los costes que lleve consigo el proceso, con un máximo de 2.500€ por beneficiario para obtener o renovar certificaciones de las normas o estándares.
- Porcentaje y monto máximo en euros idéntico para la puesta en marcha de Planes Directores o Programas para avanzar hacia la certificación.
Conciliación de la vida laboral, familiar y personal
Ciertamente, estas ayudas y subvenciones para pymes tienen por objeto impulsar el teletrabajo y la flexibilidad horaria en las empresas. Esto incluye el financiamiento para adquirir equipos electrónicos para facilitar el trabajo a distancia e incentivos económicos para fomentar horarios flexibles proporcionales a la jornada laboral del empleado.
Los requisitos para optar a esta línea de subvención son:
- Formalizar, como mínimo, un acuerdo de flexibilidad horaria o teletrabajo, con un trabajador con contrato laboral establecido.
- Contratar personal nuevo en la modalidad de teletrabajo, estableciendo acuerdos que regulen dicha condición por un período mínimo de un año.
A los efectos, se establecen las siguientes cuantías:
- 2.500€ por trabajador con un acuerdo individual y contrato formales de teletrabajo. Ya sea por adaptación de un contrato previo o por la realización de un contrato para un empleado nuevo. El monto máximo es de 10.000€ por empresa. Desde luego, la compañía debe facilitar los medios para implantar el trabajo a distancia.
- Del mismo modo, se aportará el 75% del coste de los equipos electrónicos requeridos para la implementar el teletrabajo, con un máximo de 2.500€ por empresa.
- Por otro lado, para la flexibilidad horaria, la ayuda consiste en un incentivo de 2.500€ por trabajador/a, con 10.000€ por empresa como límite máximo.
Requisitos para ambas líneas
- Tener un máximo de 50 trabajadores contratados.
- Volumen de negocio inferior a 10 millones de euros o balance anual inferior a 43 millones.
- Que no sean entidades públicas.
- Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas y de la Seguridad Social y estar totalmente solvente.
- Operar en la Comunidad de Madrid.
Por último, los trabajadores autónomos o por cuenta propia, pequeñas empresas y sociedades civiles con personalidad jurídica, pueden solicitar ambas ayudas.
¿Cómo tramitar estas ayudas?
En primer lugar, para las líneas Ayudas a trabajadores que se constituyan por cuenta propia y Programa de Fomento del Emprendimiento Colectivo, puedes presentar tu solicitud vía telemática a través del Portal de Administración Digital de la Comunidad de Madrid. También puedes hacerlo de manera presencial en cualquier registro de la Administración General del Estado, de la Comunidad Autónoma o de los Ayuntamientos. Si eliges la presentación online, debes disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sin embargo, la solicitud para la línea de Ayudas para el fomento de la RSE y la conciliación laboral solo puedes gestionarla por medios electrónicos. Por igual, debes contar con una de las modalidades de firma electrónica reconocidas por la Comunidad de Madrid ya mencionadas.
Si tienes dudas o necesitas apoyo para solicitar estas y otras ayudas y subvenciones para pymes en Madrid, en Aldebarán Asesores podemos ayudarte. ¡Contáctanos ahora mismo!